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12 JUL

Publicación del Precio de Emisión de los Bonos al 8.75% con vencimiento en 2028

IRSA Inversiones y Representaciones S.A. publica el presente aviso, de conformidad con los requerimientos del Treas. Reg. §1.1273-2(f)(9), con respecto a la oferta de canje que se completó el 8 de julio de 2022.

IRSA Inversiones y Representaciones S.A. (el “Emisor”) publica el presente aviso, de conformidad con los requerimientos del Treas. registro §1.1273-2(f)(9) (el “Reglamento”), con respecto a la oferta de canje (la “Oferta de Canje”), que se completó el 8 de julio de 2022. Conforme a la Oferta de Canje, los inversionistas participantes intercambiaron Obligaciones Negociables con vencimiento en 2023 emitidos originalmente por IRSA Propiedades Comerciales S.A. por Obligaciones Negociables Senior al 8,75% con vencimiento en 2028 emitidos por el Emisor (las “ON”), o una combinación de ON y efectivo. El Reglamento requiere que el emisor de un instrumento de deuda determine si el instrumento de deuda es "negociado públicamente" según lo dispuesto por el Reglamento y, de ser así, el valor justo de mercado del instrumento de deuda. El Reglamento también requiere que un emisor que haya determinado que un instrumento de deuda se “negocia públicamente” según lo dispuesto por el Reglamento, tome esa determinación, así como el valor justo de mercado del instrumento de deuda, que puede establecerse como su “precio de emisión”. disponible para los tenedores de una manera comercialmente razonable, incluida la publicación electrónica, dentro de los 90 días posteriores a la fecha de emisión del instrumento de deuda.

 

Por lo tanto, de conformidad con los requisitos del Reglamento, el Emisor notifica a los tenedores de las ON que ha determinado que las ON se "negocian públicamente" según lo dispuesto por el Reglamento y el precio de emisión de las ON fue 90.0% de su monto principal.

 

Según lo dispuesto por el Reglamento, la determinación del Emisor es vinculante para todos los tenedores de las ON a menos que el tenedor revele explícitamente, de conformidad con los requisitos del Reglamento, que su determinación es diferente de la determinación del Emisor en la declaración de impuestos federales sobre la renta presentada oportunamente por el tenedor que incluye su fecha de adquisición de las ON.

 

Este aviso solo tiene por objeto cumplir con la obligación de notificación del Emisor en virtud del Reglamento y no constituye asesoramiento fiscal. El Emisor aconseja a cada tenedor de Obligaciones Negociables que obtenga asesoramiento fiscal profesional para determinar las implicaciones de esta notificación en la determinación de las obligaciones tributarias del tenedor.